He estado repasando los hechos en torno a Juan 19,25-27, ese episodio donde Cristo, en su agonía, entrega al discípulo amado el cuidado de su madre:
Junto a la cruz de Jesús estaban su madre y la hermana de su madre, María, mujer de Clopás, y María Magdalena. Jesús, viendo a su madre y junto a ella al discípulo a quien amaba, dijo a su madre: «Mujer, ahí tienes a tu hijo». Luego dijo al discípulo: «Ahí tienes a tu madre». Y desde aquella hora el discípulo la acogió en su casa.
Estos pocos versículos han desatado debates intensos. Desde el significado de «mujer», la cantidad de mujeres que estaban presentes, la identidad de esta mujer de Clopás, si la entrega de la mujer al discípulo amado es simbólica, etc. Sin embargo, hay un hecho que, lamentablemente, suele ser pasado por alto en muchos comentarios bíblicos que he analizado.
Según la perspectiva helvidiana, María no tuvo solamente un hijo (Cristo), sino que tuvo una familia numerosa con José. Los hermanos descritos en Marcos 6,3 serían todos hijos carnales de María. Esta parece ser una interpretación natural de los relatos evangélicos donde se mencionan a los hermanos de Jesús junto a su madre, pero la misma se topa con una gran dificultad precisamente en este pasaje.
Generalmente, los estudiosos del Nuevo Testamento aceptan que en el judaísmo del Segundo Templo el cuidado de los padres era una ley que se desprendía del mandamiento de la Torah: «honrarás a tu padre y a tu madre». En los casos en los que un padre moría, los hijos debían de hacerse cargo de su madre viuda, proveyéndoles el sustento necesario y en ocasiones llevándola a vivir bajo su techo si el padre no había dejado heredad alguna.
Desde el helvidianismo, Jesús era el mayor de los hermanos porque las Escrituras lo describen como «el primogénito» (Lc 2,7). Así, naturalmente Jesús estaría a cargo del hogar de Nazaret en virtud de que, como creen generalmente los estudiosos, José ya estaba muerto para cuando el ministerio público de Jesús había comenzado.
Ciertamente es una postura razonable, pero no es correcta. Cuando llegamos al relato de la crucifixión, vemos que Jesús, antes de morir, le dice a su discípulo que María ahora será su madre, y a María le dice que el discípulo será su hijo. Jesús actúa aquí como el responsable sobre María, transfiriéndole dicha responsabilidad al discípulo que más amaba. Los exégetas han llamado a esto una «disposición testamentaria». La experta en el evangelio de Juan y profesora del Goshen College Jo-Ann Brant comenta:
Estas palabras pueden también contextualizarse dentro de la retórica del último discurso de Jesús. Este es el testamento final de un hombre virtuoso. Las acciones de Jesús se asemejan a una práctica de la que Plutarco da testimonio: «Era costumbre entre los romanos de aquella época, cuando se disponían a entrar en combate y estaban a punto de ceñirse los mantos y tomar los escudos, hacer al mismo tiempo un testamento no escrito [diathēkas agraphous], nombrando a sus herederos en presencia de tres o cuatro testigos» (Cor. 9.3, trad. Perrin 1916). Sus últimos pensamientos son para los demás: no muere intestado.1
Aunque esto puede parecer normal hasta cierto punto, no lo es tanto si consideramos que Jesús, según los helvidianos, tenía otros hermanos. Incluso si decimos que Jesús era el principal responsable de su madre por ser el hijo mayor, ¡aún quedaban otros hermanos! Lo normal habría sido que Jesús hiciera esta transferencia de obligaciones a sus hermanos y no a una persona fuera de su familia. Diversos académicos comparten esta sorpresa, mientras otros simplemente la ignoran.
Se han ofrecido diversas explicaciones para este hecho tan extraño. La mayoría de ellas tiene que ver con la incredulidad de los hermanos de Jesús. Según el mismo evangelio, «ni sus hermanos creían en él» (Jn 7,5). El Dr. Köstenberger explica brevemente:
Puede resultar sorprendente que Jesús confíe a su madre al «discípulo a quien Jesús amaba» en lugar de a uno de sus hermanos, pero esto puede explicarse por la incredulidad de sus hermanos (7:5).2
Muchos dan por sentada esta explicación. El Dr. D. A. Carson da una explicación más detallada considerando otros factores que rodean la decisión de Jesús:
A algunos les ha sorprendido que los hermanos de Jesús no asumieran esta responsabilidad. Pero al margen del hecho de que en ese momento eran bastante poco comprensivos con su hermano mayor (7:5), es posible que ni siquiera se encontraran en Jerusalén: su hogar estaba en Capernaúm (cf. notas a 2:12). Barrett (p. 552) objeta que su falta de fe (7:5) «no podía anular su derecho legal». Cierto, pero esta no es una escena legal. Jesús manifiesta su cuidado por su madre tanto mientras ella como el discípulo amado atraviesan su hora más oscura, en camino hacia la fe cristiana plena. Desde aquel momento (hōra, «hora») en adelante, desde la «hora» de la muerte/exaltación de Jesús (cf. notas a 2:4; 12:23; 17:1), este discípulo la recibió en su propio hogar.3
Hay dos razones sobre por qué esta explicación es mala.
En primer lugar, ciertamente los hermanos de Jesús eran incrédulos, pero su incredulidad está marcada en un tiempo específico. Juan 7,5 no refleja cuál era la actitud de los hermanos de Jesús para el momento de la crucifixión. La explicación adicional de Carson sobre que los hermanos, al ser incrédulos, no estarían al pie de la cruz es algo irrazonable. Aun concediendo que sus hermanos eran de Capernaúm, sería insólito que no hubiera llegado la noticia a sus oídos de que su hermano podía ser asesinado en cualquier momento. Ellos aparecen en distintas partes de los evangelios preocupados por él aunque no creyeran en sus palabras. Además, Carson asume que Cristo no pudo hacer una transferencia testamentaria a sus hermanos porque ellos no estaban ahí, pero realmente no necesitaban esta transferencia verbal. Debido a la cultura en la que se encontraban, sus hermanos habrían sabido perfectamente que esa era su responsabilidad sin que nadie se los dijera. Que Cristo hubiera privado a sus hermanos de su obligación como hijos simplemente porque no estaban ahí no tiene sentido.
Barrett comenta adecuadamente que «sorprende que los hermanos sean pasados por alto, pues su falta de fe en Jesús (7,5) no podía anular su derecho legal»4. No existía una «cláusula en el contrato» que dijera que en los casos en los que la viuda tuviera un primogénito que se creyera el Mesías, si éste moría y sus otros hijos eran incrédulos respecto a la misión que reclamaba, entonces no debían cuidarla. La crítica de Carson a lo que dice Barrett de que «esta no es una escena legal» está equivocada.
Como comentaba la profesora Brant, la disposición testamentaria de Cristo era culturalmente conocida. El paralelismo que existe entre éstas y las que registra Plutarco son demasiado precisas para ser una simple coincidencia. Esto no quiere decir que la actitud de Cristo refleje únicamente una cuestión legal. Ciertamente su intención también era espiritual y filial, pero el contexto de fondo ameritaba que fuera el discípulo amado quien la recibiera filialmente y no sus hermanos. Pasaremos a ello más adelante.
En segundo lugar, debemos preguntarnos por qué la incredulidad sería un factor determinante en este punto. El hecho de que los hermanos de Jesús fueran incrédulos, no implica que fuera crueles o malos hijos. Creo que aquí muchos pierden de vista la intención de Cristo al hacer esta transferencia filial. Lo que a Cristo le está importando principalmente no es él mismo, sino el cuidado de su madre, por eso la incredulidad de sus hermanos no tendría por qué afectar su decisión ya que estos podrían haber cuidado bien de María. James White dice que esto no es así, porque «Juan estaría mucho más cerca de María como un compañero creyente de lo que sus hijos naturales podrían estarlo»5. Sin embargo, White pasa por alto que los hermanos de Jesús llegarían a creer muy poco tiempo después.
Consideren esto. Concedamos que para la muerte de Cristo, sus hermanos aún eran incrédulos. Desde que Cristo entrega a Juan el cuidado de su madre, hasta que comienzan las apariciones de Cristo pasan tres o cuatro días (según cómo cuente los días). Tres días estando muerto y al cuarto día empezaron, o el mismo día de la resurrección. Según San Pablo en 1 Corintios 15,7, Jesús se le apareció a Santiago, y según Hechos 1,3 estas apariciones duraron cuarenta días. Entonces, no sabemos exactamente cuando comenzó a creer Santiago, pero podemos situarlo con garantía dentro de estos cuarenta días de apariciones. Por lo tanto, la incredulidad de al menos uno de sus hermanos duraría menos de cincuenta días desde la crucifixión de Cristo.
¿Por qué esto es importante? Porque si Santiago iba a creer en menos de un lapso de dos meses según nuestro calendario moderno, ¿por qué dejaría a María al cuidado de Juan? Finalmente, uno de sus hermanos creería y, de hecho, se convertiría en el obispo más importante de Jerusalen muy pronto. Parece que la idea de fondo no es tanto qué pasaría después con sus hermanos, sino lo que sufriría María al lado de ellos durante este período. El apologista brasileño Lucas Banzoli comenta:
Jesús no habría confiado a su madre al cuidado de alguien que no creyera en él, sino que habría elegido a la persona espiritualmente más capaz (es decir, alguien que creyera en él y fuera la más fiel).6
Pero si este es el requisito para el cuidado de la madre de Jesús, parecería como si Cristo quisiera evitarle una aflicción a María que, se supone, era lo que Cristo debía hacer. Sin embargo, nuevamente esto presupone que la actitud de sus hermanos durante el período de su muerte hasta la conversión de los mismos sería rígida. No es probable. Aunque sus hermanos no creyeran en él y la muerte en la cruz representara una deshonra, seguían siendo sus hermanos. Aunque en los evangelios aparecen en escenarios mostrando su incredulidad, en el fondo también se muestra la preocupación que tenían por este.
Además, este argumento va en contra de la pedagogía de Jesús. Cristo había enseñado que vino a traer fuego a la tierra, y que no vino a traer paz sino división. En Lucas 12,53 enseña: «Estarán divididos el padre contra el hijo y el hijo contra el padre; la madre contra la hija y la hija contra la madre; la suegra contra la nuera y la nuera contra la suegra». Lo que se supone que Cristo le está evitando aquí a María es algo que él mismo dijo que provocaría en los hogares en virtud de la fidelidad de estos cristianos a su palabra.
Por lo tanto, Cristo no «privó» a María de estos acontecimientos porque es algo que él mismo enseñó que pasaría. Esa no puede ser la intención de Cristo. Si Cristo hizo una transferencia filial por este motivo, seguramente Juan hubiera replicado: «Pero Señor, si tú mismo profetizaste esas divisiones en el hogar, ¿y ahora te arrepientes de que tu madre las padezca?».
La postura epifaniana no entra en estos conflictos. Aunque los hermanos de Jesús ya creyeran en él para el momento de la crucifixión, Jesús no tenía una obligación de dejar a su madre a su cuidado porque estos eran sus hermanastros, no hijos biológicos de María. Si para el momento de la crucifixión José ya había muerto, como creen la mayoría de los eruditos del Nuevo Testamento, entonces esto tiene sentido.
En una cultura patriarcal como la judía, los hijastros tenían la obligación de rendir honor y respeto a su madrastra no en virtud de la filiación legal que existe entre ellos, sino en virtud de la filiación biológica que tienen con su padre. La madrastra era respetada no por su propia dignidad, sino por el honor que se le debía al padre. Esto puede entenderse con el dato más temprano, recogido por el Talmud, que habla sobre las relaciones entre hijastros y madrastras:
La Guemará responde: Esta halajá, que obliga según la ley de la Torá a respetar a la esposa del padre, se aplica únicamente durante la vida del padre. Mientras el padre vive, por respeto a él, su esposa también debe ser tratada con respeto. Sin embargo, tras su muerte, ya no existe obligación alguna de honrar a la madrastra. Fue por esta razón que el rabino Yehuda HaNasi tuvo que advertir a sus hijos sobre este asunto. (Ketubot 103a:28).
Alguno podría replicar que esto contradice el relato evangélico donde María aparece siempre en compañía de los hermanos de Jesús, lo que significaría que ellos seguían cuidando de ella mientras Jesús predicaba a pesar de la muerte de José. Sin embargo, que María aparezca junto a los hermanos de Jesús y que los hagiógrafos los agrupen de esta manera puede explicarse adecuadamente por la relación que tienen con Cristo. Es por eso que nunca se dice «María y sus hijos», sino «María y los hermanos de Jesús» (cf. Mc 3,31-35; Mt 12,46-50; Hch 1,14).
Pero incluso concediendo que los hermanos de Jesús eran los que se hacían cargo de María mientras Cristo predicó por tres años, no implica que continuaban teniendo una relación filial. Recuerde el pasaje de Juan 19,26-27: «Mujer, ahí tienes a tu hijo» e «hijo, ahí tienes a tu madre». Lo que Cristo está haciendo aquí es establecer una relación madre e hijo. Algún apologista protestante podría citar el mismo Ketubot 103a para decir que incluso cuando el padre estuviera muerto, los hijos debían seguir haciéndose cargo de su madrastra:
MISHNA: En el caso de una viuda que dice: «No quiero irme de la casa de mi marido, sino que deseo permanecer allí», los herederos no pueden decirle: «Vete a casa de tu padre y te mantendremos». Más bien, la mantienen en la casa de su marido y le proporcionan una vivienda digna. (Ketubot 103a:8)
Aquí, se supone que los herederos son los hijos del padre. La Mishna dice que los herederos deben mantener a la esposa de su padre en su casa, pero solo si la viuda dice que quiere permanecer en ella. Aun así, había casos en los que la viuda no podía exigir quedarse en casa con ellos, como cuando ésta era joven (Ketubot 103a:10) o si la casa es muy pequeña y viven varias personas (Ketubot 103a:12). Pero nótese que, como dice el Ketubot 103a:12, todo esto pertenece a un «contrato matrimonial» que el esposo dejó establecido, y no a una relación filial más profunda entre los hijastros y la madrastra. De hecho, el Ketubot 103a:28 que citamos al principio, es el que habla específicamente de la relación filial, pues habla de «respetar a la esposa del padre» y de «honrar a la madrastra». Estas descripciones se corresponden con el mandamiento de Éxodo 20,12: «honrarás a tu padre y a tu madre», derecho del cual gozaba la madrastra mientras el padre estuviera vivo.
Entonces, nótese que, por un lado, cuando se trata de responsabilidad filial el Ketubot apela a descripciones de las leyes morales para establecerla, pero cuando habla de cuestiones económicas, como la manutención por heredad, apela al contrato matrimonial del marido. Por lo tanto, el cuidado que ofrecen los hijastros a la madrastra antes y después del fallecimiento de su padre es distinto por categorías.
En ese sentido, Cristo no está quitándoles ninguna responsabilidad a sus hermanos cuando entrega a María al cuidado de Juan. Si esta ley estaba vigente en el judaísmo del Segundo Templo, los hermanos de Jesús debían seguirse haciendo cargo de María incluso si Ésta vivía bajo el techo de Juan, porque Cristo no estaba haciendo con Juan una transferencia de alguna cláusula matrimonial, sino de una responsabilidad moral ligada a la Torah (el mandamiento de honrar a la madre). Un protestante me citó el Ketubot 103a:19 para decirme que eso era imposible, porque si Cristo hubiera dejado a María al cuidado de Juan, habría desprovisto a María de la manutención de los hijos de José:
Aprendimos en la Mishná: Si ella dijo: No quiero irme de la casa de mi padre y deberíais traerme mi sustento allí, los herederos no están obligados a mantenerla.
Sin embargo, este protestante no continuó su lectura. El propio Ketubot siguiente explica el significado de estas palabras:
El Talmud pregunta: ¿Y por qué es así? Deberían brindarle apoyo como si viviera allí, es decir, en la casa de su esposo. El Talmud responde: Esto apoya la opinión de Rav Huna, quien dijo: La bendición de la casa está en la abundancia de sus residentes. Esto significa que la cantidad de bendición en un hogar es proporcional al número de personas que viven allí. Cuando hay muchas personas viviendo juntas en una casa, los gastos per cápita disminuyen. Los herederos pueden decirle que si se queda con ellos en la casa, el gasto de su manutención será menor que si vive sola. (Ketubot 103a:20)
En palabras más simples, se explica que la intención no es dejarla sin manutención alguna, sino que la misma sería en proporción a como si viviera bajo el mismo techo contando la división que se haría entre sus residentes. Esto parece tener la intención de evitar abusos por parte de la viuda, alegando que como vive con su padre, le corresponde más de lo que le tocaría si viviera junto a los herederos en la casa del esposo. Más adelante, en Ketubot 103a:21 se reafirma mi explicación:
El Talmud pregunta: «Y deberían darle el sustento en la casa de su padre según la bendición de la casa, es decir, según la cantidad que tendrían que pagar si viviera con ellos». El Talmud responde: «En efecto, la intención de la Mishná es que le paguen esa cantidad, no que dejen de mantenerla por completo».
Así que ahí lo tienes. Incluso si la viuda no viviera con los herederos (que en este caso serían los hijos de José), seguían estando obligados a pagar la manutención correspondiente. Por lo tanto, Cristo no estaría dejando desamparada a María en ningún sentido. Es más, incluso si Jesús les estuviera quitando esta responsabilidad a sus hermanos, no sería una responsabilidad moral de la que los privaría (la de honrar a su madre), sino una responsabilidad de contrato matrimonial que estaría relacionada con su difunto padre, José.
En conclusión, la postura epifaniana encaja perfectamente con las descripciones de Juan 19,25-27. Si lo que citamos del Talmud realmente se corresponde con una tradición recogida del siglo I, entonces tenemos un caso prometedor para esta postura. Pero, incluso si no se corresponde, la tesis de Helvidio fracasa rotundamente por no dar una explicación adecuada de los hechos desde ese enfoque. Juan 19 resulta en un gravísimo problema para la idea de que los hermanos de Jesús eran hijos de María.
- Brant, J. (2011). John. Michigan: Baker Academic, p. 257. ↩︎
- Köstenberger, A. (2004). Baker Exegetical Commentary on the New Testament: John. Michigan: Baker Academic, comentario a 19,25-26. ↩︎
- Carson, D. (1991). The Gospel According John. England: Apollos, comentario a 19,26-27. ↩︎
- Barrett, C. (1978). The Gospel According to John: An Introduction with Commentary and Notes on the Greek Text. The Westminster Press. P. 552. ↩︎
- White, J. (1998). Mary: Another Redeemer? Minnesota: Bethany House Publishers. Ch. 4. ↩︎
- https://heresiascatolicas.blogspot.com/2012/08/mulher-eis-ai-o-teu-filho.html ↩︎